Condiciones de adquisición de la obra:
Al hacerse efectivo el pago, el artista cederá sus derechos sobre la obra en la forma que se describe a continuación
El comprador se compromete a:
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No exhibir la obra a ningún otro individuo o grupo de individuos. En el caso de que la adquisición fuera realizada por parte de una empresa, grupo o institución privada o pública, la misma asignará a una sola persona el derecho de visualización de la misma. Este derecho está vinculado a la persona. Es perpetuo, inalienable e imprescriptible.
En caso de fallecimiento, este derecho podrá ser cedido a otra persona en virtud de disposiciones testamentarias o bien por sucesión natural si existiera un único heredero. Caso contrario deberá establecerse de común acuerdo entre los sucesores o judicialmente quién será el beneficiario del derecho exclusivo de visualización, no pudiendo en ningún caso dividirse este derecho.
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No reproducir la obra ni total ni parcialmiente, ni trasladarla a otro sistema digital o analógico conocido o por conocerse. Se permite una única copia de backup que adquirirá las mismas restricciones de distribución, copia o visualización que la obra.
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No podrá alterarla ni trasladarla a otro dominio de Internet salvo en el caso de que Nic Argentina revocara el mismo. ( *)
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El pago del derecho de alojamiento del sitio correrá por cuenta del comprador, pudiendo trasladarlo cuantas veces considere conveniente. Al hacerlo deberá utilizar la copia de backup y borrar la obra del antiguo servidor.
En caso de incumplimiento por parte del comprador, el artista retomará sus derechos de reproducción debiendo el comprador ceder una copia de la obra al artista y pagar nuevamente el valor de 8.000 euros al artista en concepto de indemnización.
El artista se compromete a:
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Destruir todos los archivos fuente utilizados para el desarrollo de la pieza.
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No modificar la obra y ceder al comprador, durante el acto de firma del convenio, las claves de FTP para acceder al sitio donde está alojada la obra.
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No reproducirla por medios digitales o analógicos conocidos o por conocer.
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Ceder al comprador los derechos de administración del dominio en Nic Argentina.
En caso de incumplimiento por parte del artista, éste deberá reintegrar los 8.000 euros al comprador.
IMPORTANTE:
El título de la pieza y su dirección en Internet serán considerados parte de la obra. Por lo que se le aplican las mismas restricciones detalladas anteriormente.
Las páginas de acceso (las páginas públicas previas anteriores al "log in") NO SERAN CONSIDERADAS PARTE DE LA OBRA por lo que el artista se reserva el derecho a usarlas y exhibirlas sin necesidad de autorización por parte del comprador.
Condiciones de reventa de la obra:
- La venta posterior de la obra por parte del comprador lo desvincula del derecho de visualización de la misma. Al hacerse una reventa, el antiguo comprador pasará a tomar los compromisos que se detallan en este convenio para "el artista" y el nuevo comprador, las obligaciones contraídas por "el comprador".
- Asimismo el revendedor quedará inhibido de divulgar el nombre o la dirección en Internet de la pieza. A tal efecto el revendedor firmará un convenio de confidencialidad, el cual será a perpetuidad.
En caso de incumplimiento por parte del nuevo comprador, el artista retomará sus derechos de reproducción debiendo el nuevo comprador ceder una copia de la obra al artista y pagar nuevamente el valor de 8.000 euros al artista en concepto de indemnización.
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(*) En tal caso se respetará el nombre de dominio y se agregará el sufijo (TLD) correspondiente. En caso de que el dominio estuviera ocupado, deberá buscarse otro sufijo genérico (gTLD) o de país (ccTLD).
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